Resolución N° 308/97
VISTO el Expediente 2145 - 2540/97 por el cual la Dirección General de Administración propicia la aprobación de los nuevos Formularios Tipos A y B de Actas de Inspección, y
CONSIDERANDO:
Que los formularios a aprobar, cuya impresión se contratara mediante orden de compra Nº 006197, han sido diseñados bajo normas técnicas y de seguridad a efectos de impedir la reproducción y adulteración de los datos escritos en ellos y estarán numerados correlativamente en el margen superior derecho en caracteres alfanuméricos OCR-B de 6 mm. de altura, en tinta roja fija penetrante;
Que el nuevo diseño de los Formularios A y B de Actas de Inspección facilitará la tarea de confección por el personal actuante y aportará información relevante para las tareas de contralor que competen a esta jurisdicción, ya que los formularios utilizados en la actualidad no cuentan en su formato con los datos que hacen a la totalidad de la información recabada o a recabarse en los establecimientos y lugares a inspeccionar;
Que la gestión que se propicia tiende a determinar, asimismo, la utilización de cada formulario según la normativa a aplicar en cada caso;
Que tratándose las Actas de Inspección de una herramienta fundamental en el proceso que hace al ejercicio del poder de policía que la Ley 11.175, modificada por Ley 11.737, le acuerda a esta Secretaría, resulta procedente aprobar los formularios en su nuevo diseño, como así las normas técnicas y de seguridad para su impresión;
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICA AMBIENTAL
RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar los Formularios Tipo A y B de Actas de Inspección cuyo diseño y formato se agregan como Anexos 1 y 2 formando parte integrante del presente acto.
Artículo 2° : Dejar establecido que el Formulario Tipo A se utilizará exclusivamente en establecimientos industriales, según el procedimiento establecido por Ley 11.459, su Decreto Reglamentado 1.741/96, modificado por Decreto 1.712/97 y las siguientes normas, cuyos procedimientos infraccionarios se rigen por la citada reglamentación: Ley 11.347, Decreto Reglamentario 450/94, modificado por Decreto 403/97, Decreto 4.992/90, modificado por los Decretos 3.494/93 y 3.598/96, Resoluciones del Ministro de Salud 118/91 y 6.026/93, Resoluciones de esta Secretaría de Estado 159/96, 198/96 y 231/96 y el Formulario Tipo B , será de aplicación para los casos previstos en la Ley 11.720, su Decreto Reglamentario 806/97, Ley 5.965 y su Decreto Reglamentario 3.395/96 y sus modificatorios y Ley 11.723.
Artículo 3° : Aprobar las Normas Técnicas y de Seguridad para las impresiones de los formularios aprobados en el art. 1, las que como anexo 3 también pasan a formar parte de la presente.
Artículo 4° : Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al "Boletín Oficial" y archívese.
| Resolución Nº 308/97.- |
| Firmado: Dr. Osvaldo Mario Sonzini . |
| Secretario de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial:1 de Agosto de 1997. |
ANEXO I
(Imagen adjunta)
(Imagen adjunta)
(Imagen adjunta)
ANEXO II
ANEXO III
Especificaciones Técnicas
Papel:
El papel será de emisión controlada tipo Seguridad con fibrillas cortas, con 1a combinación de una visible y dos visibles únicamente ante la exposición de una fuente de luz UV, filtrada en el rango espectral de 340/420 nanómetros, contará con una filigrana multitonal de la Provincia de Buenos Aires con identificación del proveedor debiendo contener no menos de 100 electrotipos completos por metro cuadrado, dicho papel no deberá poseer en su composición ningún tipo de blanqueador óptico y deberá estar libre de partículas magnéticas o magnetizables, deberá contar además con un muy buen anclaje de tintas a los efectos de poder evidenciar a través de las aplicaciones de seguridad cualquier tipo de adulteración, el gramaje será de 90 Gr./M2.
Impresión:
Las Actas deberán imprimirse bajo normas de seguridad, a los efectos de impedir su reproducción y la adulteración de los datos escritos en ella.
En el anverso se imprimirá un texto en tinta negro fijo, el cual se combinará con un fondo auténtico y exclusivo para esta Secretaría de tipo Numismático compuesto de efecto elíptico circular con no menos de 7 oscilaciones por giro con un incremento de desfasaje de 3 grados por giro, donde el segundo plano de la numismática, el que calará en negativo a la matriz empleada para desarrollar el primario, deberá estar desfasado 10 grados para así entonces lograr un verdadero pero armonioso entrecruzamiento de las líneas sinusoidales, la matriz con la cual se confeccionarán los dos fondos deberá estar diagramada con la denominación y el isotipo de esta Secretaría. Dicho fondo se imprimirá en sistema de iris horizontal en color azul y rojo tenue creando así un tercer color en la zona de entrecruzamiento.
Deberá incluirse la aplicación del Escudo Provincial en azul y rojo en registro perfecto en tintas invisibles con reflexión especular a estos colores ante la exposición a una fuente de luz UV filtrada en el rango espectral de 340/420 nanómetros.
En el reverso deberá aplicarse un fondo Numismático no compuesto de similares características al del anverso donde en la matriz para su desarrollo conste la leyenda "zona nula para la escritura" y se imprimirá en color gris fijo tenue.
Numeración:
Las Actas serán numeradas en el margen derecho superior en caracteres alfanuméñcos OCR-B de 6 mm. de altura en tinta roja fija penetrante, debiendo anteceder al número de carácter alfa a fin de identificar la serie y un carácter numérico 1, 2 y 3 para la identificación de las copias.EJ.: (A 1 000001).
Formato y Encuadernación:
Las Actas se confeccionarán por triplicado con un formato de 14' de alto por 36 cm. de ancho y 22 cm, debiendo preverse un troquelado en la parte superior para facilitar su desprendimiento, estas actas se agruparán en block con tres broches en la parte superior para el baso de las de 36 cm., correspondiendo dos broches para el de 22 cm.
Embalaje:
Se acondicionarán en cajas de a 10 blocks de 25 juegos, en material termo contraíble con un rótulo donde conste cantidad, serie y numeración.
Los paquetes serán numerados para poder identificar la correlatividad de las numeraciones.







